miércoles, 30 de marzo de 2011

CLASE 1 de ABRIL



EN EQUIPO SE AVANZA MEJOR

¿QUÉ HAS APRENDIDO HOY EN CLASE?

6 comentarios:

  1. Hoy he aprendido sobre el comienzo del arbitraje, que es el segundo punto del Reglamento de Arbitraje de la Corte de Arbitraje de Madrid. En concreto sobre el punto 8: "La revisión prima facie de la existencia de convenio arbitral" Considero que cuestiones como ésta se contestan mejor si acudimos directamente a las fuentes y leyes en vigor. El punto 8 dice así:

    1. En el caso de que la parte demandada no contestase a la solicitud de arbitraje, se negase a someterse al arbitraje o formulara una o varias excepciones relativas a la existencia, validez o alcance del convenio arbitral, podrán darse las siguientes alternativas:
    a) En el caso de que la Corte estuviere convencida, prima facie, de la posible existencia de un convenio arbitral por el que se encomienda la solución del litigio a la Corte, continuará con la tramitación del procedimiento arbitral (con las reservas sobre la provisión de fondos previstas en este Reglamento), sin perjuicio de la admisibilidad o el fundamento de las excepciones que pudieran oponerse. En este caso, corresponderá al Tribunal Arbitral tomar toda decisión sobre su propia competencia.
    b) Si la Corte no estuviere convencida, prima facie, de la posible existencia de un convenio arbitral por el que se encomienda la solución del litigio a la Corte, notificará a las partes que el arbitraje no puede proseguir.
    En el caso de que la parte actora manifestase su desacuerdo con esta decisión en el plazo de 5 días desde su recepción, la Corte completará el nombramiento de los árbitros de conformidad con la petición de la parte actora y con el Reglamento, siempre y cuando la parte actora hubiera satisfecho las provisiones a las que estuviese obligada. Una vez nombrados, los árbitros emitirán una decisión en la que revisarán la decisión de la Corte.
    La decisión de los árbitros adoptará la forma de Laudo parcial y deberá ser adoptada en un plazo máximo de 30 días desde la aceptación de los árbitros.
    Si la decisión de los árbitros ratificase la adoptada por la Corte, los árbitros condenarán a la parte la actora al abono de la totalidad de las costas generadas hasta ese momento.

    2.Las reglas contenidas en el apartado anterior se aplicarán igualmente a la reconvención, considerándose como parte actora a la reconviniente y como parte demandada a la reconvenida.

    www.arbitramadrid.com/web/corte/home Ésta es la dirección de la Corte de Arbitraje de Madrid.

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  2. Esta vez era un poco dificil para mi, porque el texto era muy larga y no tuve suficiente tiempo para leer todo y en el mismo tiempo entenderlo inmediadamente. Así que presentarlo era un poco dificil para mi. Al lado esto creo, como lo he dicho tambien durante la presentación, que no tiene mucho sentido, repetir algo que cada persona encuentra en la ley. Sobre todo cuando la ley esta enumerando algo. Como que en mi capitulo (cual es el mismo como Diego) se trata sobre lo que el demandante tiene que hacer, sometiendo una solicitud al arbitraje: Que tiene que mencionar (como nombre, direccion, ...) y cuales documentos tiene que anadir. Despues habla sobre que el demandado tiene que hacer y cuales posibilidades tiene (como por ejemplo la de la reconvención). El procedimiento se parece mucho de esto del demandante. A mi opinion, para entender lo que los partidos y el arbitraje tienen que hacer "al comienzo del arbitraje" lo mejor es que uno se lo lee mismo. Porque la ley coloca un procedimiento muy estricto con pasos muy claros, así que para explicarlo a una otra persona, el uniquo que se realmente puede hacer es leerlo...

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  3. En la clase del día 1 de abril apredimos los distintos puntos sobre el reglamento de arbitraje de la Corte de Arbritaje de Madrid, a mi en concreto me tocó sobre el procedimiento de instrucción, estuvimos en grupos de 6 primero leyendo y entendiendo nuestra parte y explicandolo a nuestros compañeros para que entendiesen de manera resumida el reglamento.

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  4. no fui a la clase pero leendo los comentarios de los demas me parece que fue una clase interesante, para las cosas de las que se hablò y tambien para el trabajo de grupo y la exposicion que siempre me da un poquito de verguenza (no como antes) pero nos ayuda hablar delante del publico!

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  5. Encontrado en politikon.es

    Portugal dimite como país
    ¿Recordáis eso que decía hace unos días sobre cómo los políticos portugueses (y más concretamente, la oposición conservadora) estaban dejando el país a la estacada? Bueno, pues hoy es oficial: han pedido el rescate a la Unión Europea. A efectos prácticos, Portugal a partir de ahora no tiene una política fiscal soberana. Sus políticos han preferido darse de tortas entre ellos a decidir cómo solucionar sus problemas, y han decidido dejar que sea Bruselas y Berlín los que hagan el trabajo sucio. Estupendo.
    Esto llevara a las inevitables voces sobre malvados neoliberales, especuladores y demás, pero el origen de los problemas de Portugal tiene poco que ver con el mercado y mucho con decisiones políticas.
    El primer factor, y obvio, es el euro. Nadie obliga a los lusos a entrar en la moneda única, que es un proyecto esencialmente político (unidad europea, decían). Es un sistema chapucero, ciertamente, que requiere ciertas reformas, disciplina fiscal y ganas de tomarse esto de gobernar en serio. No desde la “derechas”, por cierto; los holandeses, austríacos, franceses y finlandeses viven en la eurozona la mar de bien, ya que han hecho los deberes. El segundo factor es de política fiscal básica: Portugal o ofrece demasiados servicios o no recauda suficientes impuestos.
    Los portugueses llevan años sin afrontar estos problemas – y ahora han preferido que decidan por ellos. Es triste, es deprimente y puede que hasta sea injusto, pero es un fracaso político, no una conspiración económica.

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  6. España, el país preferido de los portugueses.
    Son datos del último barómetro de opinión hispano-luso que refleja un aumento de los partidarios de una posible unión ibérica, y de una mayor integración económica entre ambos países.

    Aunque son los portugueses los que más apuestan por el beneficio que supondría para ambos países un mayor grado de integración: el 46 por ciento frente al 39 por ciento de los españoles (siete y nueve puntos más, respectivamente, que en la primera edición del barómetro en 2009).

    Así lo ha indicado Mariano Fernández, director del estudio, quien ha asegurado que “con crisis o sin ella, las respuestas que la gente ve más razonables son de tipo integrador a los dos lados de la frontera, y más del lado portugués que del lado español”.

    En el estudio, realizado antes de la crisis de gobierno portuguesa, lo que sí descartan ambos países es la homogenización del sistema fiscal.
    Esta noticia es de un dia antes de que el gobierno portugués pidiera su rescate.

    En el 2006, se realizó una encuesta en Portugal, y sorprendentemente el 25 % de los porugueses querían que su país se uniese a España, formando una Federación Ibérica.
    Desde principios del siglo XIX en el país luso existe una corriente política y filosófica que apuesta por la Unión Ibérica.

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